lunes, 21 de febrero de 2011

Sector inmobiliario concentra el 90% del lavado de dinero

Operadores deben estar más atentos, según informe de Leonardo Costa

Un informe elaborado por el doctor Leonardo Costa señala que el 90% de los casos de lavado de dinero en Uruguay se realizan a través del sector inmobiliario por lo cual los operadores deben de tomar una serie de medidas para evitar verse implicados en una situación que es penada severamente por la ley.
El informe al respecto fue publicado en la revista "Ciudades", publicación de la Cámara Inmobiliaria Uruguaya.
Según el informe las transacciones inmobiliarias son atractivas para los lavadores. Las cifras demuestran eso claramente, en el 90% de los casos de lavado detectados en Uruguay existieron transacciones que involucran el sector.
A modo de ejemplo, en la denominada "Operación Campanita", mediante la cual se desbarató una organización colombiana dedicada al narcotráfico, se detectaron maniobras de compraventa de edificios en Montevideo y Punta del Este, transacciones bancarias con hipotecas cruzadas, etc. realizadas con dinero proveniente del narcotráfico.
Otros casos han incluido la compraventa de campos en el interior del país, e inmuebles de alto valor en Montevideo.
Las características del sector, que al día de hoy presenta un nivel de control relativamente bajo, y que permite realizar transacciones por montos elevados, son los principales motivos que atraen a los lavadores.
Costa participó de la redacción de la ley 18.494, conocida como ley antilavado.
En la misma se establece que designó como sujetos obligados a las "inmobiliarias y otros intermediarios en transacciones que involucren inmuebles" a participar de los controles. Además, se designó también a los escribanos cuando llevan a cabo operaciones para su cliente, relacionadas con la compraventa de bienes inmuebles.
La expresión "otros intermediarios" comprende a los promotores de negocios inmobiliarios, sin importar la forma jurídica que estos adopten; así como a los fiduciarios y fundadores y directores de sociedades dedicadas a esa actividad.
La ley que mencionamos obliga a los sujetos designados a informar las transacciones realizadas o no, que en los usos y costumbres de la respectiva actividad resulten inusuales, se presenten sin justificación económica o legal evidente o se planteen con una complejidad inusitada o injustificada.
También deben ser informadas las transacciones financieras que involucren activos sobre cuya procedencia existan sospechas de ilicitud.
Situación regional
Costa indica en su informe que "si bien actualmente no existe un alto nivel de regulación de la actividad inmobiliaria en lo que respecta a prevención de lavado de activos, la tendencia va en ese sentido´´.
Algunos países han implementado sistemas de registración de agentes (a modo de ejemplo: Brasil y México), a través de los cuales llevan un control de quienes participan en la actividad.
Otros de los aspectos que se han regulado son los relativos a la exigencia de procesos de debida diligencia de clientes, monitoreo y reporte de transacciones.
La mayoría de los países de Latinoamérica han adoptado medias en ese sentido. Las regulaciones además de incluir a quienes realizan transacciones con inmuebles entre los sujetos obligados, imponen a éstos obligaciones específicas para prevenirse a ser utilizados para el lavado de activos.
Un sector atractivo
En sus conclusiones a los empresarios del sector, Leonardo Costa señala que sector inmobiliario se ha constituido en uno de los más vulnerables y atractivos para los lavadores de dinero. Debido a ello se ha comenzado un proceso de regulación del mismo, tendiente a evitar que sea utilizado con fines ilícitos.
"Para prevenir eficazmente el lavado de activos, consideramos necesaria la implementación de sistemas de prevención basados en riesgo. De esa forma sería posible concentrar esfuerzos en áreas críticas, y así mitigar los mayores riesgos que presenta el sector´´ agrega.
Dichos sistemas deben contar a su vez con procesos de debida diligencia de clientes, políticas respecto al personal involucrado en la actividad, monitoreo de transacciones, y reporte de las transacciones que resulten inusuales o sospechosas.

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