martes, 29 de septiembre de 2009

Ya pueden emitirse las notas hipotecarias.

Se promulgó ayer ley que habilita a entidades a hacerlo.

El Poder Ejecutivo promulgó ayer la ley que habilita a las instituciones de intermediación financiera a emitir notas de crédito hipotecarias para obtener fondos que les permitan incentivar el otorgamiento de préstamos para la vivienda. Las Notas de Crédito Hipotecario son títulos que podrán emitir los bancos y las cooperativas de intermediación financiera con respaldo adicional en un conjunto de créditos hipotecarios para la adquisición, refacción o construcción de viviendas. Los títulos permitirán a las entidades financieras tomar recursos a largo plazo dotándolas de mayor liquidez para, a su vez, prestarlos en esas mismas condiciones. Según la nueva Ley, "el tenedor de la nota tendrá un derecho preferencial sobre dicho activo con relación a los restantes acreedores del emisor, lo cual hace del instrumento un título de deuda de alta calidad que consta de una doble cobertura: del emisor y de los créditos hipotecarios". En su artículo primero la Ley expresa que su finalidad es incentivar el otorgamiento de préstamos para vivienda a personas físicas o jurídicas a través de un instrumento de inversión denominado "notas de crédito hipotecarias". Se espera que las AFAP inviertan en estos títulos. En la actualidad el 12% del fondo de ahorro previsional está invertido en títulos similares.

No hay comentarios:

Publicar un comentario